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Firmeza de actos tributarios municipales: el TSJ revoca fallo favorable a contribuyente

Sentencia SPA N° 00875 del 23 de octubre de 2025
Caso: Municipio San Diego vs. Robert Bosch, S.A.
Ponente: Magistrado Malaquías Gil Rodríguez

🧭 Contexto del caso

La empresa Robert Bosch, S.A. interpuso recurso contencioso tributario contra la Resolución N° 473-2012 del Alcalde del Municipio San Diego, que confirmaba una sanción fiscal por Bs. 11.951.808,72. El Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central había declarado con lugar el recurso en 2013, pero el Municipio apeló ante la Sala Político-Administrativa.

Tras años de trámite, la Sala resolvió la apelación y corrigió de oficio su propia dispositiva en 2024, estableciendo la firmeza de los actos administrativos impugnados.

⚖️ ¿Qué resolvió la Sala?

  • Revocación de la sentencia favorable al contribuyente: Se declaró con lugar la apelación del Municipio San Diego y se revocó la sentencia que había favorecido a Robert Bosch, S.A.
  • Firmeza de la resolución tributaria: Se ratificó la validez de la Resolución N° 473-2012 y de la Resolución DH-RRR-015-2012, que imponían sanciones por impuestos omitidos, multas e intereses moratorios.
  • Improcedencia del vicio de nulidad: La Sala consideró que la administración tributaria no omitió trámites esenciales ni vulneró el derecho a la defensa.
  • Condena en costas procesales: Se impuso a la empresa contribuyente el pago de costas judiciales.

💡 Criterios normativos aplicados

  • Ordenanzas municipales de 2008, 2009 y 2010 sobre actividades económicas.
  • Código Orgánico Tributario de 2001 (ratione temporis).
  • Artículos 26, 49, 257 y 110 de la Constitución.
  • Ley Orgánica del TSJ y Ley de Infogobierno.
  • Jurisprudencia sobre notificación electrónica (sentencia SPA N° 00572/2023).

📌 Decisión final

  • Se revoca la sentencia N° 1284/2013 del Tribunal Superior.
  • Se declara sin lugar el recurso contencioso tributario de la empresa.
  • Se ratifica la firmeza de los actos administrativos municipales.
  • Se ordena la notificación electrónica mediante cartelera y página web del TSJ.

📝 Reflexión final

Este fallo reafirma la potestad sancionatoria de los municipios en materia tributaria y la presunción de legitimidad de sus actos administrativos. Además, consolida el uso de medios electrónicos como vía válida de notificación judicial, en línea con la transformación digital del sistema de justicia.

https://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/octubre/349088-00875-231025-2025-2015-0977.HTML


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