Sentencia SPA N° 00322 del 9 de mayo de 2025
Caso: Fundación Itenis vs. Municipio Baruta del Estado Miranda
Ponente: Magistrado Malaquías Gil Rodríguez
🧭 Contexto del caso
La Fundación Itenis demandó al Municipio Baruta por incumplimiento de contrato de comodato suscrito en 2019, relativo al uso del “Centro Nacional de Tenis Santa Rosa de Lima”. Alegó que el municipio nunca entregó el inmueble, lo que impidió ejecutar el proyecto deportivo financiado por terceros, generando perjuicios económicos por USD 65.000.
La Sala debía pronunciarse sobre su competencia para conocer la causa, en virtud de la cuantía estimada.
⚖️ ¿Qué resolvió la Sala?
- Incompetencia por cuantía: La Sala determinó que el monto demandado (Bs. 3.445.910,00) equivalía a 62.618 veces el valor del euro, según el tipo de cambio oficial del BCV al 8 de enero de 2025. Este monto es inferior al umbral de 70.000 veces el tipo de cambio requerido por el artículo 26 de la Ley Orgánica del TSJ reformada en 2022.
- Remisión del expediente: Se ordenó remitir el caso a los Juzgados Nacionales Contencioso Administrativos de la Región Capital, por ser los competentes en causas cuya cuantía excede 30.000 pero no supera 70.000 veces el tipo de cambio oficial.
- Interpretación sistemática: La Sala reafirmó que la reforma legal derogó tácitamente el uso de la Unidad Tributaria como referencia de cuantía, sustituyéndola por el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor (euro o dólar).
- Coherencia normativa: Se citó la Resolución TSJ N° 2022-00009 y la sentencia SPA N° 0169/2025 como criterios interpretativos que garantizan coherencia y acceso a la justicia.
💡 Criterios normativos aplicados
- Artículos 14 y 26 de la Ley Orgánica de Reforma de la LOTSJ (G.O. N° 6.684 de 2022).
- Resolución TSJ N° 2022-00009 sobre competencia por cuantía.
- Artículos 23, 24 y 25 de la LOJCA (interpretados conforme a la reforma).
- Artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución (tutela judicial efectiva).
- Jurisprudencia SPA N° 0169/2025.
📌 Decisión final
- Se declara la incompetencia de la Sala Político-Administrativa.
- Se ordena remitir el expediente a los Juzgados Nacionales Contencioso Administrativos de la Región Capital.
- Se ratifica el nuevo régimen de cuantía basado en tipo de cambio oficial.
📝 Reflexión final
Este fallo consolida el nuevo régimen de competencia por cuantía en la jurisdicción contencioso administrativa, sustituyendo la Unidad Tributaria por el tipo de cambio oficial como referencia. La decisión garantiza coherencia normativa y evita distorsiones que podrían obstaculizar el acceso a la justicia.
https://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/mayo/343672-00322-9525-2025-2025-0007.HTML
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