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Mostrando entradas de julio, 2023

Jubilacion Oficiosa - Derecho de jubilación vs. la potestad organizativa de los entes públicos

Sentencia Nro. 0020, de fecha 09 de Marzo de  2021,  Sala Constitucional "Necesario es precisar además que la jubilación oficiosa deberá cumplir con los principios de necesidad, oportunidad, conveniencia y proporcionalidad, siempre y cuando se compruebe que las condiciones físicas y psíquicas del funcionario a jubilar de oficio no le permitan continuar con las obligaciones inherentes al servicio que presta o a la actividad que realiza; todo ello en aras de preservar el beneficio de la jubilación como un derecho del trabajador." http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/marzo/311432-0020-9321-2021-19-0700.HTML

Reedicion del Acto Administrativo - efectos de la reedicion - Desviacion de Poder (y Silencio de Pruebas)

  Sentencia N° 00204 del 23/03/2023 Sala Político-Administrativa "En la sentencia número 00993 de fecha 9 de agosto de 2017 dictada por la Sala Político-Administrativa, se sostuvo respecto de los actos reeditados que:   “(…)  La reedición de un acto es un mecanismo que se ubica dentro de la esfera de la desviación de poder, por cuanto a través del mismo se dicta un nuevo acto por una autoridad pública que se presenta idéntico en su contenido y finalidad a uno precedentemente dictado por la misma autoridad, o por otra de su propia esfera de competencias, cuyo objetivo se presume constituido por la intención del órgano autor del acto de reafirmar el contenido de su decisión originaria, cuando ya han operado los mecanismos para el ejercicio del control de la legitimidad ante el órgano competente..." Http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/marzo/323716-00204-23323-2023-2012-0337.HTML

La declaratoria "afirmativa" de jurisdicción de un juez no es objeto de la consulta obligatoria. Artículo 59 CPC

  Sentencia N° 00213 del 23/03/2023 Sala Político-Administrativa Los extractos de las  jurisprudencias anteriormente transcritos indican con absoluta claridad que cuando un juez o jueza de la República declare que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer el asunto sometido a su consideración, la consulta a que se refiere el artículo  59 del Código de Procedimiento Civil no es requerida; sólo y únicamente se elevada a consulta cuando la sentencia declare la falta de jurisdicción. http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/marzo/323725-00213-23323-2023-2023-0054.HTML

En la JCA, no puede aplicarse el Desistimiento al demandante, cuando el asunto esté relacionado con derechos e intereses colectivos.

Sentencia N°. 00651 del 18/7/23. Sala Politico Administrativa "Por tanto, resulta claro que en el presente asunto se encuentran inmersos derechos e intereses colectivos del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, y como quiera que la principal virtud del procedimiento en este tipo de demandas es que se ordene -previa determinación de la omisión o abstención- el cumplimiento de una obligación de los órganos o entes de la administración pública que le es jurídicamente exigible, en razón de lo cual a los fines de evitar una posible afectación al interés general y patrimonial del referido Municipio, considera esta Máxima Instancia que en este caso en particular, no puede aplicarse a la demandante la consecuencia jurídica prevista en el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.  Así se determina ." http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/julio/327218-00651-18723-2023-2015-0944.HTML

Prohibición de alegación de hechos nuevos fuera de la oportunidad de la demanda y contestación.

Sentencia N° 000206 del 04/05/2023 Sala de Casación Civil En aplicación a lo antes expuesto, permitir que en una oportunidad posterior a la contestación se aleguen defensas con hechos nuevos, subvertiría el orden procesal, cercenándose a la contra parte la oportunidad de contradecirlo y de poder ser probado . http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/mayo/324822-000206-4523-2023-22-448.HTML

No proceden Cuestiones Previas en el Procedimiento de Particion de Comunidad.

Sentencia N° 000212 del 04/05/2023 Sala de Casación Civil "De acuerdo con el criterio jurisprudencial antes transcrito, la Sala considera que el procedimiento de partición de comunidad,  no prevé que se tramiten cuestiones previas, que de oponerse las mismas se entiende que no hay contradicción entre las partes y por ello se debe ordenar el emplazamiento para el nombramiento del partidor ." http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/mayo/324828-000212-4523-2023-23-032.HTML

Uso Erróneo del Recurso de Nulidad - Artículos 174 y 175 COPP

Sentencia N° 781, del 26/06/2023, Sala Constitucional "...se observa que la parte actora hizo uso - aunque en forma errónea - del recurso de nulidad, establecido en los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 157 y 236  eiusdem , puesto que la falta de publicación del auto fundado no invalida la decisión dictada en la audiencia, sino que, una vez subsanada la falta de publicación del referido auto fundado, empezaran a correr los lapsos de Ley para interponer la vía recursiva (Vid. Sentencia vinculante n.° 942/2015 Sala Constitucional)" http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/junio/326437-0781-26623-2023-21-0370.HTML

Interes Moratorio - Cuando se Causa?

Sentencia N° 00180 del 23/03/2023 Sala Político-Administrativa "Así, estableció con carácter vinculante que los intereses moratorios se generan desde la oportunidad en que la obligación se hace exigible...." http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/marzo/323703-00180-23323-2023-2019-0087.HTML

Tipos de Caducidad - Legal y Convencional

Sentencia N° 00182 del 23/03/2023 Sala Político-Administrativa No obstante, es menester precisar que la caducidad puede ser de dos tipos: la caducidad legal y la caducidad convencional.  La caducidad legal es la establecida por el legislador y es de  estricto orden público; y la caducidad contractual es la establecida por las partes en sus relaciones contractuales o convenciones, y es de orden privado. http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/marzo/323705-00182-23323-2023-2021-0160.HTML

Los Actos Administrativos de la Superintendente de la Actividad Aseguradora (SUDEASEG), gozan de Ejecutividad y Ejecutoriedad

Sentencia N° 00199 del 23/03/2023 Sala Político-Administrativa ..." resulta necesario insistir en el hecho de que los actos emanados de dichas instituciones gozan de los principios de ejecutividad y ejecutoriedad, por lo que para su cumplimiento no debía recurrirse a otra instancia como se hizo, para lograr su efectivo cumplimiento para lo cual la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (SUDEASEG), debió realizar las actuaciones conducente para la ejecución forzosa del acto dictado." http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/marzo/323734-00199-23323-2023-2022-0366.HTML